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Sábado, 24 de octubre 2020, 12:47
La sala de lo contenciosos-administrativo, número 2, del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado la sentencia nº 138/2020 dando respuesta al recurso de apelación 126/2020 promovido por el Ayuntamiento de Talayuela contra la sentencia nº 59/2020, de 9 de julio de 2020, que estimaba el recurso presentado por la Policía Local de Talayuela contra los cuadrantes que el Ayuntamiento de Talayuela imponía a los Agentes de forma unilateral, en contra del criterio del que era su jefe y saltándose el acuerdo firmado en 2019.
Todo empezó con el cambio de gobierno en 2019 cuando el nuevo equipo de gobierno intento imponer unos nuevos cuadrantes de servicio incumpliendo los derechos adquiridos por los trabajadores mediante la firma de un acuerdo firmado entre el Alcalde y el delegado de personal negándose a reconocer dicho acuerdo por motivos procedimentales pese a reconocer otros 3 acuerdos habiendo seguido el mismo procedimiento para su aprobación.
Fruto de todo ello, los miembros del cuerpo presentaron recurso administrativo que no fue aceptado por el Consistorio teniendo que ir a los tribunales de justicia dando lugar a que el juzgado de lo contencioso administrativo, nº2 de Cáceres, les estimase parcialmente su recurso, dando por bueno el acuerdo de 2019.
Posteriormente, el Consistorio volvió a presentar recurso de apelación al mismísimo Tribunal Superior de justicia de Extremadura donde se ha emitido sentencia en segunda instancia más favorable aun para el Cuerpo de Policía local dictando que «EL ACUERDO ES PLENAMENTE VÁLIDO Y APLICABLE» además «DA AUN MAYOR VALIDEZ AL ACUERDO», añade también el tribunal que ninguno de los acuerdos anteriores fue sometido a ratificación «TAL Y COMO SE INDICA EN EL INFORME DE LA SECRETARIA» y sin embargo de le ha dado plena validez a diferencia del acuerdo firmado para la Policía local.
El TSJ de Extremadura en 2º instancia llega aún más lejos que el anterior juzgado, calificando la actitud del Ayuntamiento como «TOTALMENTE CONTRARIA A LA TEORÍA DE LOS ACTOS PROPIOS, INCLUSO A LA BUENA FÉ Y LA CONFIANZA LEGÍTIMA».
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Por último resaltar que incluso condena al Ayuntamiento de Talayuela al pago de costas causadas en esta segunda instancia.
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