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Sucesos

El Ayuntamiento de Navalmoral es condenado a indemnizar con 947.492 euros a Jorge Daza

El joven quedó tetrapléjico tras sufrir una descarga eléctrica en abril de 2012 al apoyarse en un armario eléctrico ubicado junto a la valla del colegio Campo Arañuelo de la localidad morala

m.a.m.

Domingo, 31 de julio 2016, 16:39

El juzgado contencioso administrativo número 2 de Cáceres ha condenado al Ayuntamiento de Navalmoral a indemnizar con 773.432,96 euros a Jorge Daza, el joven de 14 años que sufrió una descarga eléctrica en abril del 2012, y con otros 174.059,40 euros a sus padres.

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También condena solidariamente a la compañía aseguradora del Consistorio, Mapfre, a que haga frente a esta responsabilidad «dentro de las condiciones y límites que se establezcan en el contrato de seguro existente».

Así se dice en el fallo que da respuesta al recurso contencioso-administrativo que interpusieron Manuel Daza y Purificación Mateos, en nombre de su hijo, tras comprobar que había sido desestimada la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada en su momento ante el Ayuntamiento moralo.

En la sentencia que ahora se ha conocido queda acreditado que Jorge Daza sufrió la descarga eléctrica cuando, con la intención de beber en una fuente que hay dentro del centro, intentó saltar por encima de la valla que circunda el colegio Campo Arañueño «auxiliándose en un armario eléctrico (cuadro de acometida)» instalado en ese lugar.

Esa valla tenía una altura de 1,80 metros y frente a ella, a una distancia de 49 centímetros, se ubicaba un poste de hormigón desde el que descendía una línea eléctrica (acometida) que en sus últimos tres metros y hasta que se introducía en el suelo, se hallaba protegida por un tubo de metal. Dicha línea eléctrica es la que desembocaba en el armario en el que se apoyó el joven para saltar.

En el informe que realizó la Policía Judicial tras el accidente quedó reflejado que les llamó poderosamente la atención que el material aislante de color marrón que recubría una de las fases «se hallaba en evidente estado de deterioro» y que «al manipular el cable marrón se comprueba que el recubrimiento se encuentra cristalizado y se desmenuza».

También había otro informe del arquitecto técnico en el que se decía que «la descarga eléctrica se produjo al estar el cuadro metálico en tensión y haber puesto en contacto, el niño con sus manos, la carcasa metálica del cuadro con algún otro elemento».

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Estas valoraciones técnicas han sido tenidas en cuenta en una sentencia donde se indica que «no ha quedado acreditado que el recurrente se subiera encima del cuadro metálico y que este hecho provocara el siniestro. «Se puede afirmar simple y llanamente que entró en contacto con dicho cuadro y este hecho provocó la descarga al tocar el vallado».

En el fallo se refleja también que no se puede achacar la responsabilidad de lo sucedido a la empresa Sevitie S. L. «por ser la encargada de certificar el estado del cuadro eléctrico» porque el Ayuntamiento de Navalmoral no emplazó a esta empresa como interesada en el recurso que ahora se resuelve.

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En cualquier caso, el contencioso administrativo no niega al Ayuntamiento la posibilidad de a partir de ahora pueda repetir contra esta empresa si considera que es la responsable de lo sucedido.

Quince días para recurrir

Esta sentencia no es firme y el Consistorio moralo dispone ahora de quince días para interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, puesto que la sentencia no es firme.

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El equipo de gobierno de Navalmoral de la Mata no no ha decidido aún si recurrirá, tal y como ha explicado a HOY el primer teniente de alcalde, Iñaki Rodríguez. Antes de tomar una decisión, la sentencia será estudiada con detalle. «No es fácil, por tratarse de un asunto muy sensible», afirmó.

La descarga que provocó este accidente causó al joven anoxia cerebral y parada cardiorrespiratoria, lo que cambió por completo su vida y la de su familia al quedar tetrapléjico, con un 97% de minusvalía. Su causa ha sido representada en este juicio por el letrado Eduardo Expósito.

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